El Consejo de Ministros ha aprobado una reforma legal que permitirá que las enfermeras y fisioterapeutas puedan prescribir medicamentos dentro de sus competencias.
La medida, celebrada como un paso hacia la modernización del sistema, ha vuelto a dejar fuera a los ópticos-optometristas, reabriendo un debate profesional de largo recorrido.
Un nuevo marco legal para la prescripción
Según detalló la ministra de Sanidad, Mónica García, durante la presentación del anteproyecto de Ley de los Medicamentos y Productos Sanitarios, esta reforma busca “modernizar el ecosistema de los medicamentos y adaptarlo al siglo XXI”, además de incorporar lecciones aprendidas tras la pandemia.
La reforma habilita a enfermeros y fisioterapeutas a recetar fármacos, dentro de su ámbito de actuación, modificando para ello el Real Decreto 954/2015. También se facilitará que los farmacéuticos sustituyan medicamentos en caso de desabastecimiento y se establecerá la prescripción general por principio activo.
En paralelo, se crea la categoría de medicamento de primera prescripción, para que el paciente pueda adquirir directamente determinados tratamientos crónicos sin pasar por el médico. Todo esto en el marco de un sistema que busca ser más flexible, competitivo y resiliente.
El sector óptico sigue excluido del avance
Sin embargo, la figura del óptico-optometrista vuelve a quedar fuera de esta reforma, a pesar de ser uno de los profesionales sanitarios con mayor especialización en el diagnóstico funcional de la visión. A día de hoy, en España no está autorizada la prescripción de medicamentos por parte de los ópticos-optometristas, ni siquiera en casos de patologías leves y muy comunes como blefaritis, conjuntivitis o sequedad ocular.
Esta situación contrasta con su capacitación académica y su presencia directa en la red de atención visual. Desde el colectivo profesional se ha insistido durante años en la necesidad de habilitar una prescripción limitada, no médica, que facilite la atención primaria y evite derivaciones innecesarias al médico de familia o al oftalmólogo.
¿Una oportunidad perdida para la eficiencia del sistema?
La nueva legislación se presenta como una reforma ambiciosa y necesaria, orientada a ganar autonomía estratégica y garantizar la sostenibilidad del sistema sanitario. Sin embargo, al no contemplar a los ópticos-optometristas, se desaprovecha una oportunidad de descongestionar la atención primaria y mejorar el acceso a tratamientos visuales inmediatos.
En lugar de permitir que un óptico prescriba un colirio adecuado tras detectar un problema funcional, el sistema continúa obligando al paciente a acudir al centro de salud, a menudo con tiempos de espera que podrían evitarse.
¿Dónde sí pueden recetar los ópticos-optometristas?
Aunque en España los ópticos-optometristas no pueden prescribir medicamentos, otros países ya han reconocido esta competencia profesional. Algunos ejemplos:
- Reino Unido: Los optometristas pueden prescribir medicamentos tras obtener una certificación adicional del General Optical Council.
- Estados Unidos: En muchos estados, los optometristas pueden recetar antibióticos, antiinflamatorios y más, e incluso realizar procedimientos menores.
- Colombia: Se permite la prescripción de medicación oftálmica de uso externo, como colirios, ungüentos o lágrimas artificiales.
- Australia: Los optometristas pueden recetar medicamentos bajo la regulación del Optometry Board of Australia.
El anteproyecto de Ley de Medicamentos marca un cambio de paradigma en el sistema sanitario español, pero mantiene fuera de juego a un colectivo con un potencial clave en el ámbito de la salud visual. A medida que se amplían las competencias de enfermeros, fisioterapeutas y farmacéuticos, la optometría clínica en España sigue esperando una reforma que reconozca su rol asistencial y preventivo.