Ópticas y Gabinetes Audiólogicos son establecimientos sanitarios esenciales

establecimientos sanitarios esenciales
Extracto del BOE que delimita que establecimientos sanitarios son esenciales
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Ayer, primero de abril, el BOE publicó la Orden SND/310/2020 del Ministerio de Sanidad por la que se establece que establecimientos sanitarios se consideran esenciales, entre los que se cita como tales tanto a ópticas como a gabinetes audioprotesistas.

La orden entra en vigor a las 24 horas de su publicación en el BOE, por lo que hoy 2 de abril se considera primer día de aplicación.

El objeto de la orden

La presente orden tiene por objeto determinar la relación de centros, servicios y establecimientos sanitarios que se consideran servicios esenciales, y por descarte, aquellos establecimientos que deben suspender su actividad según el Real Decreto-ley 10/2020 de 29 de marzo, que facultaba al Ministerio de Sanidad para determinar la esenciabilidad de servicios, centros y establecimientos.

Esta nueva orden despliega las herramientas para llevar a cabo el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, que declaró el estado de alarma en España por la expansión de la pandemia por la COVID-19.

En el anexo de la orden, (captura de pantalla que acompaña esta noticia), se relaciona a los establecimientos considerados por Sanidad como esenciales, entre los que se incluye a establecimientos ópticos y de audioprótesis, farmacias y ortopedias entre otros.

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